Protocolo de Estambul

  

 

Concebimos el entorno jurídico como un espacio para el desarrollo individual y social de los ciudadanos.
Trascendemos la concepción normativa del derecho a partir de un abordaje multidisciplinar.

 

El Protocolo de Estambul es un conjunto de prácticas, procedimientos y principios establecidos por las Naciones Unidas para la investigación y documentación de la tortura, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Contiene estándares aceptados internacionalmente sobre cómo reconocer y documentar este tipo de situaciones, para que dicha documentación cumpla con los requisitos necesarios para servir como evidencia válida ante los órganos de justicia.

A pesar de no ser un documento vinculante en nuestro país, es requerido como estándar procedimental en otras jurisdicciones nacionales y ante tribunales internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Dado este carácter sine qua non, a nivel internacional, es que se recomienda su aplicación local, a fin de poder garantizar la escalabilidad jusrisdiccional de una causa, en caso de ser necesario.

El protocolo extiende su alcance a “todo acto por el cual se inflijan intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación…”  Como puede apreciarse, es utilizado en sentido amplio, incluyendo coacción, discriminación y maltrato psicológico, por lo cual su aplicación no sólo es pertinente en casos extremos de tortura, sino también ante cualquier situación en la que se hagan presentes la violencia y la violencia psicológica.   

Desde el punto de vista ético-legal, el protocolo incluye lineamientos para fiscales, magistrados y abogados, en tanto que desde el punto de vista jurídico, compila la normativa, los estándares internacionales y la jurisprudencia en materia de prevención, investigación y sanción de la tortura.

Finalmente, y desde el punto de vista médico, el protocolo busca dotar al personal clínico con lineamientos derivados de la ciencia y las buenas prácticas, para que implementen evaluaciones médico-psicológicas que permitan informar a los funcionarios judiciales sobre el de dolor o sufrimiento causado a la persona peritada.